Volar un dron
No, sin autorización expresa El spot está en una zona donde no se puede volar sin una autorización expresa (aeropuerto, zona militar, parque nacional…).
IZAÑA (Tenefire) SECTOR A Espacio aéreo
Se encuentra en una zona geográfica de UAS restringida: GCR174A IZAÑA (Tenefire) SECTOR A.
Nivel inferior: FL070
Nivel superior: FL210
Notas: Zona de protección de la calidad del cielo // Air quality protection area. Para sobrevolar esta zona será necesario la autorización del Instituto Astrofísico de Canarias (IAC), excepto tráfico militar y en misiones humanitarias // Overflying this area requires authorisation from the Instituto Astrofísico de Canarias (IAC), except for military traffic and humanitarian missions. Gestor // Manager: IAC – Administrador del Observatorio del Teide (TEL: +922329100, +922329124, +922329121). Incidencias // Incidents: IAC – Oficina Técnica para la Protección de la Calidad del Cielo (otpc@iac.es).
Tenga en cuenta que las altitudes referidas a AMSL son respecto al nivel medio del mar, no respecto al suelo. Debe tener en cuenta la altitud del terreno en el punto que vaya a volar, para saber si esta zona le aplica.
Información publicada en la AIP apartado ENR 5.1.(Más información en: AIC_NTL_01/26)
Corona Forestal Espacio protegido
Espacio natural protegido: la mayoría exige autorización del órgano gestor para volar drones. Consulta su plan de uso y gestión.
IZAÑA (Tenerife) SECTOR C Espacio aéreo · sin coordinar por debajo de 10363 m
Se encuentra en una zona geográfica de UAS restringida: GCR174C IZAÑA (Tenerife) SECTOR C.
Nivel inferior: FL340
Nivel superior: UNL
Notas: Zona de protección de la calidad del cielo // Air quality protection area. Para sobrevolar esta zona será necesario la autorización del Instituto Astrofísico de Canarias (IAC), excepto tráfico militar y en misiones humanitarias // Overflying this area requires authorisation from the Instituto Astrofísico de Canarias (IAC), except for military traffic and humanitarian missions. Gestor // Manager: IAC – Administrador del Observatorio del Teide (TEL: +922329100, +922329124, +922329121). Incidencias // Incidents: IAC – Oficina Técnica para la Protección de la Calidad del Cielo (otpc@iac.es).
Tenga en cuenta que las altitudes referidas a AMSL son respecto al nivel medio del mar, no respecto al suelo. Debe tener en cuenta la altitud del terreno en el punto que vaya a volar, para saber si esta zona le aplica.
Información publicada en la AIP apartado ENR 5.1.(Más información en: AIC_NTL_01/26)
IZAÑA (Tenerife) SECTOR B Espacio aéreo · sin coordinar por debajo de 6401 m
Se encuentra en una zona geográfica de UAS restringida: GCR174B IZAÑA (Tenerife) SECTOR B.
Nivel inferior: FL210
Nivel superior: FL340
Notas: Zona de protección de la calidad del cielo // Air quality protection area. Para sobrevolar esta zona será necesario la autorización del Instituto Astrofísico de Canarias (IAC), excepto tráfico militar y en misiones humanitarias // Overflying this area requires authorisation from the Instituto Astrofísico de Canarias (IAC), except for military traffic and humanitarian missions. Gestor // Manager: IAC – Administrador del Observatorio del Teide (TEL: +922329100, +922329124, +922329121). Incidencias // Incidents: IAC – Oficina Técnica para la Protección de la Calidad del Cielo (otpc@iac.es).
Tenga en cuenta que las altitudes referidas a AMSL son respecto al nivel medio del mar, no respecto al suelo. Debe tener en cuenta la altitud del terreno en el punto que vaya a volar, para saber si esta zona le aplica.
Información publicada en la AIP apartado ENR 5.1.(Más información en: AIC_NTL_01/26)
Corona Forestal Red Natura 2000
Red Natura 2000: algunas comunidades exigen autorización o comunicación previa.
Montes y cumbre de Tenerife Red Natura 2000
Red Natura 2000 (zona de especial protección para las aves): evita la época de cría y no te acerques a nidos ni colonias; algunas comunidades exigen autorización.
Siempre: categoría abierta como máximo a 120 m del suelo, con el dron a la vista, lejos de personas y con el registro de operador de AESA. Sobre núcleos urbanos hay que comunicarlo antes al Ministerio del Interior. Orientativo, con datos del 25 de octubre de 2026: antes de volar consulta ENAIRE Drones ↗ y la normativa del espacio natural.