Volar un dron
No, sin autorización expresa El spot está en una zona donde no se puede volar sin una autorización expresa (aeropuerto, zona militar, parque nacional…).
P.N. ORDESA Y MONTE PERDIDO NORTE (Huesca) Espacio aéreo
Se encuentra en una zona geográfica de UAS restringida: LER152 P.N. ORDESA Y MONTE PERDIDO NORTE (Huesca).
Nivel inferior: SFC
Nivel superior: FL210
Notas: Parque Nacional. Prohibido el sobrevuelo, excepto aeronaves de estado y vuelos para la conservación del Parque autorizados por el Gestor del Parque Nacional. // National Park. Overflight is prohibited, except for State aircraft and flights for Park preservation authorised by the National Park Manager. Gestor//Manager: C/ Felipe Coscolla 11-13. 22004 (Huesca). TEL: +34-974 243 361. E-mail: ordesa@aragon.es.
Tenga en cuenta que las altitudes referidas a AMSL son respecto al nivel medio del mar, no respecto al suelo. Debe tener en cuenta la altitud del terreno en el punto que vaya a volar, para saber si esta zona le aplica.
Información publicada en la AIP apartado ENR 5.1.(Más información en: AIC_NTL_01/26)
Parque Nacional Ordesa y Monte Perdido Espacio protegido
En los parques nacionales el vuelo de drones está prohibido salvo autorización expresa del parque.
Ordesa y Monte Perdido Red Natura 2000
Red Natura 2000 (zona de especial protección para las aves): evita la época de cría y no te acerques a nidos ni colonias; algunas comunidades exigen autorización.
Siempre: categoría abierta como máximo a 120 m del suelo, con el dron a la vista, lejos de personas y con el registro de operador de AESA. Sobre núcleos urbanos hay que comunicarlo antes al Ministerio del Interior. Orientativo, con datos del 25 de octubre de 2026: antes de volar consulta ENAIRE Drones ↗ y la normativa del espacio natural.